Boletín Oficial de Aragón - Documento completo

NOTIFICACION del Servicio Provincial de Agricultura y Alimentación de Teruel, de la Resolución del procedimiento sancionador de Protección Animal.

Publicado el 26/05/2006 (Nº 59)
Sección: BOA V. Anuncios - Otros anuncios
Emisor: DEPARTAMENTO DE AGRICULTURA Y ALIMENTACION

Texto completo:

NOTIFICACION del Servicio Provincial de Agricultura y Alimentación de Teruel, de la Resolución del procedimiento sancionador de Protección Animal.

No habiéndose podido realizar la notificación personal y preceptiva y de conformidad con lo establecido en el artículo 59.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en la redacción dada por la Ley 4/99, se efectúa pública notificación a la persona que al final del Anexo se relaciona, de la resolución del expediente sancionador por infracción a la normativa sobre Sanidad Animal.

Contra esta resolución, que no agota la vía administrativa, la cual puede ser examinada por el interesado en las Oficinas de este Servicio Provincial, sito en c/ San Francisco nº 1, de Teruel, cabe interponer recurso de alzada ante el Excmo. Sr. Consejero de Agricultura y Alimentación, de la Diputación General de Aragón, en el plazo de un mes a partir del día siguiente a aquel en que tenga lugar la publicación de esta Resolución en el «Boletín Oficial de Aragón», sin perjuicio de cualquier otro recurso que estime procedente.

Si no decide interponer el Recurso pertinente el importe de las sanciones deberá ser ingresado en la cuenta número 3080-0001-82-2015057728 de la Caja Rural de Teruel con indicación de sus datos personales y número de expediente. Asimismo deberá enviar fotocopia o resguardo de dicho ingreso al Servicio Provincial de Agricultura y Alimentación para su constancia en el expediente.

Dicho pago deberá realizarse en los siguientes plazos:

a) Si recibe la notificación entre el día 1 y 15 del mes, podrá pagar desde la fecha de notificación hasta el día 5 del mes siguiente al inmediato hábil posterior.

b) Si lo recibe entre el día 16 y el último del mes podrá pagar desde la fecha de la notificación hasta el día 20 del mes siguiente o inmediato hábil posterior.

De no abonar las multas en los citados plazos se procederá a su exacción forzosa por vía de apremio (artículos 95 y 97 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común y 91 y siguientes de Reglamento General de Recaudación aprobado por R.D 1684/1990 de 20 de diciembre.

Teruel, a 9 de mayo de 2006.-El Director del Servicio Provincial, Jacinto Vivas Aranda.

ANEXO:

Número de expediente: Sanidad Animal 52/05

Interesado: Ganados Hermanos Benito, S. L.

Preceptos infringidos: infracción del artículo 49 de la Ley 8/2003, de 25 de abril de Sanidad Animal en la Comunidad Autónoma de Aragón, calificada dicha infracción como Grave.

Sanción impuesta: 3.001 euros.